Para ejercer como psicólogo es necesario estar colegiado. Uno de los deberes del ejercicio profesional es la confidencialidad de los datos que se traten durante la psicoterapia. Toda la información obtenida durante la evaluación y la terapia es confidencial excepto cuando la ley obligue a informar al respecto (como por ejemplo los casos de maltrato o abuso sexual de menores) o el cliente tenga intención de causar un grave daño a sí mismo o a los demás.
Entendemos el diagnóstico psicológico como un proceso de autoconocimiento que pretende la mejora del paciente, y que busca el beneficio de la persona, su salud, bienestar y calidad de vida.
El código deontológico de los psicólogos regula el comportamiento del ejercicio profesional de los psicólogos. Entre los principios generales de actuación del psicólogo se encuentran:
- el respeto por la persona.
- la protección de los derechos humanos.
- el principio de responsabilidad.
- honestidad.
- la sinceridad hacia los pacientes.
- la prudencia en la aplicación de instrumentos y técnicas.
- la competencia profesional y la solidez de la fundamentación objetiva y científica de sus intervenciones profesionales.
Es obvio que la tarea de evaluación psicológica exige una responsabilidad social y personal que debe ser asumida por el psicólogo. Cualquier acción psicológica debe estar debidamente justificada y debe tener el consentimiento de la persona a evaluar. El psicólogo debe ser competente en el proceso de evaluación y especialista en la utilización de aquellos métodos, instrumentos, técnicas y procedimientos que emplee. La selección de los instrumentos y técnicas que utilizará se hará de acuerdo con el nivel de competencia requerida para cada uno de estos. Los resultados de la evaluación deben ser considerados confidenciales, es decir, que debe quedar garantizado el secreto profesional del material derivado de las consultas recibidas.